Con el fin de mantener actualizados los datos de inversión extranjera, las empresas receptoras de inversión extranjera del régimen general, incluidas las sucursales de sociedades extranjeras del régimen general, deberán enviar en documento físico o transmitir, vía electrónica, el Formulario No. 15 "Conciliación Patrimonial - empresas y sucursales del régimen general" al Departamento de Cambios Internacionales del Banco de la República, después de la fecha de realización de la Asamblea General Ordinaria y, a más tardar el 30 de junio del año siguiente al del ejercicio social si se transmite vía electrónica. Si se presenta en documento físico, se deberá enviar a más tardar el 30 de abril del año siguiente al del ejercicio social. Estos plazos no son prorrogables.
En las inversiones directas destinadas a patrimonios autónomos e inmuebles y actos o contratos sin participación en el capital, no se requerirá la transmisión, vía electrónica de este formulario ni la presentación en documento físico.
Sí la información se va a transmitir por primera vez, vía electrónica, deberá ingresar a la página http://www.banrep.gov.co, opción "Servicios Electrónicos de Cambios Internacionales", enlace "Suscribir acuerdo". Una vez leído y aceptado el texto del acuerdo, se deberá tener en cuenta el procedimiento señalado en el anexo 5 de la Circular Reglamentaria Externa - DCIN 83, la cual encontrarán igualmente en la página web del Banco de la República.
Sí ya suscribió el acuerdo y transmite vía electrónica la actualización, deberá ingresar a la página http://www.banrep.gov.co, opción "Servicios Electrónicos de Cambios Internacionales" - "Formularios".
Por consiguiente, en el archivo adjunto estamos enviando el FORMULARIO No. 15 y el instructivo para su diligenciamiento, con el fin que procedan a realizar el procedimiento indicado antes de las fechas que hemos indicado.
Cualquier inquietud sobre el particular, no duden en comunicarse con nosotros.
|