Entidades Sin Ánimo de Lucro: Dian recuerda el plazo para actualizar información en el Régimen Tributario Especial
- Suárez Consultoría

- 2 jun
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La entidad advirtió que el cumplimiento de este trámite es indispensable para continuar como contribuyentes.

De acuerdo con Javier díaz, presidente de Analdex, la Dian no tiene la capacidad operativa para hacer las inspecciones. Foto: Archivo Portafolio
La Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales (DIAN) hizo un llamado a las cerca de 20.000 Entidades Sin Ánimo de Lucro (ESAL) que hacen parte del Régimen Tributario Especial (RTE) para que realicen el proceso de actualización correspondiente a 2026 antes del próximo 30 de junio.
La entidad advirtió que el cumplimiento de este trámite es indispensable para conservar la calidad de contribuyentes del Régimen Tributario Especial y mantener los beneficios tributarios que este otorga.
De acuerdo con la DIAN, el procedimiento de actualización debe realizarse a través del Servicio Informático del Régimen Tributario Especial y está regulado por el artículo 1.2.1.5.1.9 del Decreto 1625 de 2016, que establece las condiciones, requisitos y documentos que deben presentar las organizaciones.
Entre la documentación exigida se encuentran los estados financieros, el informe anual de resultados, certificados suscritos por el representante legal y las actas de asamblea, entre otros soportes que permiten verificar el cumplimiento de las obligaciones de estas entidades.
La autoridad tributaria señaló que, antes de iniciar el trámite, las organizaciones deben asegurarse de que toda la documentación esté completa, vigente y sea legible. Asimismo, los documentos deben cumplir con las especificaciones establecidas por la normatividad vigente.
La DIAN también recordó que en su portal web se encuentra disponible la información detallada sobre el proceso de actualización, así como una guía paso a paso para la presentación de solicitudes a través del Servicio Informático Régimen Tributario Especial.
¿Quiénes deben realizar la actualización?
La obligación aplica para las corporaciones, fundaciones, cooperativas, asociaciones y demás entidades que efectuaron la actualización correspondiente a 2025. También deberán realizar el trámite aquellas organizaciones a las que durante ese año les fue autorizada la calificación o readmisión al régimen, así como las cooperativas que se constituyeron en ese periodo.
Además, las entidades deben verificar que su Registro Único Tributario (RUT) incluya la responsabilidad 04 - Régimen Tributario Especial, requisito necesario para adelantar el proceso. Consecuencias de no cumplir con el trámite
La DIAN enfatizó que las organizaciones que no presenten la solicitud de actualización antes del 30 de junio de 2026 perderán su permanencia en el Régimen Tributario Especial.
En consecuencia, pasarán a ser contribuyentes del impuesto sobre la renta y complementarios bajo el régimen ordinario a partir del año en que se configure el incumplimiento. Esta situación también las obligará a actualizar su Registro Único Tributario (RUT), conforme a lo establecido en el parágrafo del artículo 1.6.1.13.2.25 del Decreto Único Reglamentario en materia tributaria.
La entidad destacó que esta transición implica la pérdida de los beneficios tributarios asociados al Régimen Tributario Especial, razón por la cual insistió en la importancia de cumplir con el proceso dentro de los plazos establecidos. Llamado a no esperar hasta el último momento
Ante la proximidad del vencimiento, la DIAN invitó a las entidades obligadas a adelantar el trámite con anticipación y evitar congestiones o inconvenientes de última hora que puedan poner en riesgo su permanencia en el régimen.
La entidad reiteró que realizar oportunamente la actualización garantiza la continuidad de las organizaciones dentro del Régimen Tributario Especial y les permite seguir accediendo a los beneficios tributarios contemplados para este tipo de entidades sin ánimo de lucro.
VALENTINA DELGADILLO ABELLO




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