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Estas son las fechas para reportar información exógena en Bogotá

No enviar la información, hacerlo fuera del plazo o con errores puede generar consecuencias.

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Por medio de la a Resolución DDI-010349 del 13 de junio, la Secretaría de Hacienda de Bogotá estableció las personas naturales, jurídicas y demás entidades que están obligadas a reportar información exógena correspondiente al año gravable 2024, cuyo objetivo es permitir el cruce de datos para ejercer un control más eficiente sobre el cumplimiento de las obligaciones tributarias.

Los contribuyentes del impuesto de Industria y Comercio (ICA) deberán entregar la información requerida entre el 1 y el 12 de septiembre del 2025, según el último dígito de su NIT o cédula, así:

Último dígito

Fecha límite de reporte

0

1 de septiembre de 2025

1

2 de septiembre de 2025

2

3 de septiembre de 2025

3

4 de septiembre de 2025

4

5 de septiembre de 2025

5

8 de septiembre de 2025

6

9 de septiembre de 2025

7

10 de septiembre de 2025

8

11 de septiembre de 2025

9

12 de septiembre de 2025

No enviar la información, hacerlo fuera del plazo o con errores puede generar consecuencias, según lo establece el régimen sancionatorio vigente. La entidad recordó que los obligados a reportar son, entre otros:

- Los contribuyentes del ICA con ingresos iguales o superiores a 3.500 unidades de valor tributario (UVT).

- Las entidades públicas y privadas que hayan efectuado compras en Bogotá por montos iguales o superiores a 70 UVT.

- Agentes de retención del ICA, emisores de tarjetas débito y crédito, administradores de fondos de inversión, inmobiliarias, aseguradoras y sociedades fiduciarias.

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