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¡Ojo! La multa que debe pagar si no cancela el impuesto vehicular a tiempo en Bogotá

La fecha límite para pagar esta responsabilidad tributaria con descuento es hasta el 24 de mayo.


El pago del impuesto vehicular es una de las obligaciones que deben acatar todos aquellos ciudadanos que sean propietarios de vehículos en el país.


El coste de este no es fijo, es decir, que varías según ciertos factores como el lugar de matrícula, el modelo y el año del vehículo, entre otros. Bajo este esquema, cada entidad territorial establece sus propias fechas y su plazo para que los propietarios puedan cumplir debidamente con este impuesto.


Una de las medidas más comunes enfocadas a que los propietarios paguen a tiempo esta responsabilidad es la implementación de descuentos en ciertos periodos previos a la fecha límite.


No obstante, la persona que no efectúe el pago dentro de los plazos establecidos para el descuento e incumpla pasándose de la fecha límite, se le aplicarán multas e intereses por mora.


En el caso de Bogotá, las fechas límite para pagar el impuesto son las siguientes:



- Con descuento del 10 % sobre el valor del impuesto: 24 de mayo.



- Valor total: 30 de junio.



Esto quiere decir que las personas que, a partir de la última fecha límite, no hayan cancelado el impuesto, tendrán que asumir una multa que incluye sanciones e intereses morosos.


Cabe resaltar que mediante el Decreto 2228 de 2023, el Distrito Capital de Bogotá estableció las nuevas tarifas del impuesto vehicular para 2024, las cuales quedaron de la siguiente manera:


- Vehículos de 0 a $ 54.057.000: 1,7 %.


- Entre $ 54 millones y $ 121.625.000: 2,7 %.


- De $ 121.625.001 en adelante: 3,7 %.


- Motos: 1,7 %.




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