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Petición en sede administrativa puede interrumpir prescripción de sanción moratoria por falta de


La administración tiene 15 días para que expida el acto de reconocimiento de cesantías definitivas de los servidores públicos, que han de contarse desde la fecha de radicación de la solicitud que se haga en tal sentido. En el evento de que la solicitud esté incompleta, el empleador debe manifestarlo así al peticionario, dentro de los 10 días hábiles siguientes al recibo de la solicitud, y señalar expresamente los requisitos que falta por cumplir, de modo que, una vez se alleguen, pueda proferir el acto que reconozca la prestación, en el término inicialmente indicado.


Fuente: Ámbito Jurídico

https://www.ambitojuridico.com/noticias/laboral/peticion-en-sede-administrativa-puede-interrumpir-prescripcion-de-sancion

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