top of page
  • Foto del escritorDireccionamiento Estratégico

Prelación de créditos laborales frente a créditos garantizados en procesos de liquidación judicial.


La potestad conferida por el acreedor garantizado solo procede siempre que los bienes del deudor sean suficientes para asegurar el pago de obligaciones salariales (prestaciones derivadas del contrato de trabajo) y alimentarias (Sentencia C.145 de 2018 – Corte Constitucional).


Fuente: Super Sociedades

https://www.supersociedades.gov.co/



16. OFICIO-220-052698-07-DE-MARZO-DE-2023
.pdf
Download PDF • 815KB

12 visualizaciones0 comentarios
bottom of page