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Aportes voluntarios a pensiones y cesantías, entre las exenciones al impuesto de renta

Además de exenciones hay deducciones aplicables como el pago de intereses por créditos hipotecarios o intereses por créditos educativos con el Icetex La mitad del año se acerca y con ella la temporada de declarar renta. Desde el 12 de agosto y hasta el 24 de octubre de 2025 las personas naturales que les corresponda declarar renta deberán hacerlo.

Para quienes están obligados es importante conocer qué ingresos están exentos a ser gravados por el impuesto y qué deducciones se le pueden imputar a la renta, pues algunas son cosas comunes que quizá no sepa puedan influir en el pagar o no este impuesto.

Exenciones sobre el impuesto de renta

En palabras comunes, declarar renta se traduce a declarar los ingresos y, en ese sentido, se habla de un impuesto sobre los ingresos percibidos en el año anterior a su presentación; sin embargo, la normativa tributaria contempla ciertos tipos de ingreso exentos de ese impuesto, o sea que no serán tomados en cuenta al momento de calcular el impuesto sobre esos ingresos.

Entre los ingresos exentos más comunes se encuentran: los aportes voluntarios a los fondos privados de pensiones y fondos de pensiones voluntarias; aportes a las cuentas de ahorro para el fomento a la construcción, AFC; indemnizaciones por accidente de trabajo o enfermedad; indemnizaciones que impliquen la protección a la maternidad; lo recibido por gastos de entierro del trabajador; auxilio de cesantías y los intereses sobre las cesantías; pensiones de jubilación, invalidez, vejez, de sobrevivientes y sobre riesgos profesionales; las rentas obtenidas de las creaciones literarias de la economía naranja, entre otras.


En ese sentido, si el declarante uso sus ingresos para hacer aportes voluntarios a fondos de pensiones o cuentas AFC, ese dinero quedará exento del impuesto; también, si recibió ingresos por indemnizaciones por accidentes laborales o enfermedad, este no será tomado en cuenta para el impuesto. Además un ingreso muy común como las cesantías tampoco será gravado con impuesto.

Karina Ortiz Escobar, abogada tributarista, aseguró que estas exenciones son solo aplicables para los ingresos provenientes de una actividad laboral, es decir las rentas laborales, "estas exenciones son aplicadas a las rentas laborales, y se aplican al impuesto a la renta, realizando toda la depuración teniendo en cuenta las exenciones, deducciones y descuentos para obtener la renta liquida gravable", indicó.


Deducciones imputadas a las rentas

Además de las exenciones mencionadas anteriormente existes otras deducciones que los contribuyentes pueden aplicar sobre la renta, estas dependen de cada tipo de cédula, lo que se refiere a cada tipo de ingreso, y están expresadas en el artículo 1.2.1.20.3 del decreto 1625 de 2016.

Las cédulas, la forma cómo se llaman y califican los tipos de ingresos, están divididas entre cédula general, que agrupa las rentas de trabajo, de capital y no laborales; la cédula de pensiones; y la cédula de dividendos y participaciones, cada una de ellas cuenta con ciertas deducciones aplicables.

En la cédula de trabajo los contribuyentes pueden aplicar deducciones por:

  • Los intereses pagados por créditos de vivienda o leasing habitacional.

  • Los planes complementarios de salud, seguros privados de salud o medicina prepagada adquiridos.

  • Una deducción por concepto de dependientes económicos, personas que dependen económicamente del contribuyente.

  • Pagos por Gravamen a los Movimientos Financieros, GMF, impuesto de 4 x 1000.

  • Intereses pagados por créditos educativos con el Icetex.

  • Aportes de cesantías realizados como independiente.


Para la cédula de capital, que se refiere a ingresos provenientes del usufructo del patrimonio del contribuyente, como rendimientos de un CDT o pagos por arrendamientos de una propiedad, se pueden aplicar las siguiente deducciones: Los intereses pagados por créditos de vivienda o leasing habitacional.

  • Pagos por Gravamen a los Movimientos Financieros, GMF, impuesto de 4 x 1000. En cuanto a las rentas no laborales las deducciones aplicables serán las mismas que las de la cédula de capital, teniendo en cuenta que no se pueden aplicar ninguna de las deducciones anteriormente mencionadas en dos cédulas a la vez.

    Por último las cédulas de pensiones y la de dividendos y participaciones, no tienen deducciones aplicables.

    Cómo aplicar las exenciones y deducciones en la declaración de renta

    Ortiz explicó que para aplicar estas exenciones y deducciones los declarantes deben solicitar los certificados respectivos, "cuando se trata de un empleado debe solicitar el certificado de ingresos y retenciones expedido por la empresa, en caso de una persona independiente las planillas de pago a la seguridad social", informó, añadiendo que en caso de aportes de AFC se solicita el certificado a la entidad financiera donde se realiza el ahorro. Fuente: LA REPÚBLICA https://www.larepublica.co/finanzas-personales/declaracion-de-renta-2025-abc-sobre-los-ingresos-que-estan-exentos-del-impuesto-de-renta-4128290


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