top of page
Foto del escritorSuárez Consultoría

El Desafío de la Debida Diligencia en Ventas Masivas

Las sociedades, lamentablemente, a menudo se convierten en vehículos para actividades ilícitas como el lavado de activos, el financiamiento del terrorismo y la proliferación de armas de destrucción masiva (LA/FT/FPADM), generando así riesgos legales, operativos y de reputación. Para abordar estos riesgos, se destaca la importancia de establecer un sistema sólido de autocontrol y gestión de riesgos LA/FT/FPADM. Una de las herramientas clave para prevenir y controlar estos riesgos es la debida diligencia.


 


 

Pero, ¿qué implica exactamente la debida diligencia? En esencia, se trata de un proceso que permite identificar, según las necesidades específicas, quién es la contraparte, cuál es su tipo de negocio, sus operaciones y productos, con el fin de anticipar y prevenir los riesgos asociados a LA/FT/FPADM. Esto implica, como mínimo, conocer detalles como el nombre, la identificación, el domicilio, el beneficiario final y el representante legal.


Ahora bien, aplicar este proceso en el contexto de ventas masivas puede resultar complejo. La Superintendencia de Sociedades ha sugerido que, en tales casos, donde la escala de las operaciones dificulta la debida diligencia eficiente, es crucial enfocarse en analizar las transacciones inusuales. Esto implica evaluar si dichas operaciones están alineadas con la actividad económica y si se ajustan a los estándares típicos del sector o del tipo de cliente, considerando factores como la ubicación jurisdiccional y posibles vínculos con actividades delictivas.


Sin embargo, el enfoque en las operaciones inusuales no es una solución completa, ya que la implementación efectiva de la debida diligencia en ventas masivas sigue siendo un desafío. Para superar esta barrera, la implementación de herramientas tecnológicas se vislumbra como una posible solución. Algunos países, como Estados Unidos y el Reino Unido, han reconocido la necesidad de que las empresas con un gran volumen de clientes adopten o desarrollen software que agilice y optimice estos procedimientos. La Superintendencia de Sociedades también ha reforzado esta idea, habiendo impuesto sanciones en casos de incumplimiento de directrices relacionadas con la falta de uso de herramientas tecnológicas para detectar operaciones sospechosas.


En última instancia, la normativa exige que las sociedades contemplen, desde la implementación de sus programas LA/FT/FPADM, el uso de herramientas eficaces que faciliten la realización de una debida diligencia adecuada, lo que resulta fundamental para la integridad y la seguridad en el ámbito empresarial.


20 visualizaciones0 comentarios

Comments


bottom of page