¿Puede una persona soltera proteger su inmueble mediante patrimonio de familia?
- Suárez Consultoría
- hace 3 días
- 1 Min. de lectura
Supernotariado confirma que solteros pueden proteger su vivienda si cumplen requisitos legales.

¿Existe la posibilidad de que una persona soltera y sin hijos constituya un patrimonio de familia a su favor? Para ello acudimos a un concepto del año 2022 relacionado con el caso de una mujer soltera que deseaba proteger su inmueble bajo esta figura jurídica.
El análisis jurídico explicó que el patrimonio de familia inembargable, previsto en leyes como la Ley 70 de 1931 y la Ley 495 de 1999, tiene como fin resguardar la vivienda y los bienes esenciales de las familias frente a acreedores y eventuales crisis económicas. Aunque la normativa tradicionalmente se enfocaba en familias conformadas por parejas o padres con hijos, la Corte Constitucional amplió su alcance a otras modalidades familiares.
La jurisprudencia, en particular la Sentencia C-107/17, reconoce que la familia no se limita a estructuras convencionales y admite categorías como las familias extensas, de crianza y unipersonales. En este contexto, la Corte determinó que negar el patrimonio de familia a quienes deciden vivir solos resultaría discriminatorio y contrario a los principios de dignidad humana, libre desarrollo de la personalidad y pluralismo familiar.
En consecuencia, la Superintendencia de Notariado aclaró que una persona soltera y sin hijos puede constituir un patrimonio de familia como familia unipersonal, siempre que cumpla los requisitos legales. Entre ellos se encuentran el dominio pleno del inmueble, la ausencia de gravámenes y la acreditación de la condición unipersonal, garantizando que la figura no se utilice para eludir obligaciones con acreedores.
Fuente: ÁMBITO JURÍDICO
https://www.ambitojuridico.com/noticias/civilfamilia/puede-una-persona-soltera-proteger-su-inmueble-mediante-patrimonio-de-familia
Comentarios