Otros Servicios
Reorganización Empresarial

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Modelación Financiera y Acompañamiento Financiero.
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Acuerdo de Reorganización Empresarial (bajo el proceso ordinario de Ley 1116 de 2016 o proceso de reorganización abreviado para pymes Decreto 772/2020.
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Negociación de Acuerdo Extrajudicial de Reorganización (Artículo 84 Ley 1116 de 2006)
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Representación en los procesos extrajudiciales de insolvencia como son el proceso de negociación de emergencia de acuerdo de reorganización (NEAR) y procedimiento de recuperación (PRES), (decreto 560/2020)
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Reforma al acuerdo al acuerdo de reorganización.
Liquidación Judicial

Consiste en un proceso que se adelanta ante la Superintendencia de Sociedades o un Juez Civil del Circuito del domicilio principal del deudor, según sea el caso, mediante el cual se pretende poner fin a la actividad comercial y dar finalización a la autonomía y/o personificación jurídica de una sociedad, buscando el aprovechamiento del patrimonio del deudor.
Mediante este procedimiento generalmente se busca convertir en dinero los bienes y activos de la empresa, para que puedan ser distribuidos entre los acreedores de forma garantizada o en últimas adjudicar estos, a fin de atender el pasivo hasta el monto total de los activos.
Liquidación Patrimonial

Es un procedimiento llevado a cabo ante juez civil municipal, mediante el cual el patrimonio de una persona natural no comerciante se extingue parcialmente con la adjudicación de los activos del deudor existentes a la fecha de la apertura del procedimiento, y a favor de sus acreedores.
Asesoría Al Acreedor En Procesos De Reorganización.

Representamos al acreedor con el fin de presentar su crédito al concurso de acreedores, objetar el inventario de activos, negociar el acuerdo de reorganización, y asistir audiencias siempre en búsqueda del pronto pago.
Nuestro servicio incluye:
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Interponer quejas
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Interposición de acciones (contra los administradores, acción revocatoria y de simulación)
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Insolvencia De Persona Natural (ley 1564/12 Código General del Proceso.)
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Asesoramos a las personas naturales no comerciantes a negociar sus deudas con todos sus acreedores, mediante la celebración o convalidación de un acuerdo de pago ante el centro de conciliación competente, con el objeto de evitar detrimento en su patrimonio.
Liquidación Privada O Voluntaria

Consiste en la finalización de la vida jurídica de una sociedad, por decisión de los asociados aprobado por el máximo órgano social, ya sea por circunstancias de orden financiero, legal o por obligación contenida en la Ley o los estatutos.
El trámite de liquidación voluntaria consta de una serie de gestiones que tienen como fin la venta o la adjudicación de los activos de la empresa, previa elaboración y aprobación del inventario social para el pago del pasivo de la sociedad, el cual deberá realizarse teniendo en cuenta las reglas sobre el orden de prelación de créditos consignado en la Ley y si quedaren remanentes después de pagado el pasivo externo, se adjudicará a los asociados de la empresa.