Estos son los impuestos y beneficios tributarios suspendidos por la Corte Constitucional
- Suárez Consultoría

- 2 feb
- 2 Min. de lectura
El Decreto 1474/25 ofrecía beneficios a deudores morosos, pero también aplicaba nuevas tarifas a impuestos regionales.

El decreto que adoptaba medidas tributarias para enfrentar la emergencia económica, social y ecológica del pasado 22 de diciembre del 2025 fue suspendido anoche por la Corte Constitucional, lo que en la práctica significa que los siguientes cambios en impuestos nacionales y regionales no aplicarán, hasta que el alto tribunal decida sobre su eventual constitucionalidad.
Impuesto al patrimonio | — Reduce el umbral de entrada, pasa de 72,000 UVT a 40,000 UVT. — Establece tarifas progresivas hasta del 5 % según el nivel de patrimonio. (Lea: Petro advierte sobre consecuencias de suspensión de la emergencia económica) |
IVA e impuesto al consumo | — Se incrementa el IVA al 19 % para licores, vinos y similares. — IVA del 19 % en los juegos de suerte y azar operados exclusivamente por internet en el territorio nacional o desde el exterior. (Lea: ¿Cuánto había recaudado el Gobierno con la emergencia económica?) — Exclusión del IVA por concepto de tráfico postal, envíos urgentes o envíos de entrega rápida respecto la importación de bienes cuyo valor no exceda de 50 dólares. — Impuesto al consumo para bienes de lujo, entre ellos automóviles de alta gama, motocicletas de alto cilindraje y yates y demás embarcaciones de recreo, globos y dirigibles, planeadores y demás aeronaves no propulsadas con motor de uso privado, entre otros. |
Impuesto nuevo y temporal | — Grava la extracción de hidrocarburos y carbón. (Lea: VIDEOCOLUMNA: Suspensión de la emergencia económica y consecuencias sobre la seguridad jurídica) |
Impuesto sobre la renta | — No deducibilidad de regalías. — Sobretasa de 15 puntos adicionales para el sector financiero. |
Normalización tributaria | — Se crea un impuesto de normalización tributaria para activos omitidos y pasivos inexistentes. (Lea: Segundo comunicado de la Corte Constitucional también suspende medidas tributarias de la emergencia económica) |
Amnistías | — Permite la conciliación en procesos contenciosos administrativos para facilitar el cumplimiento tributario. — Establece disposiciones para reducir sanciones e intereses moratorios en obligaciones tributarias. (Lea: EXTRA: Corte Constitucional suspende decreto que declaró emergencia económica) |
El Gobierno esperaba un recaudo estimado de $ 11 billones frente a una necesidad total de $ 16,3 billones, para atender los gastos del presupuesto general de la Nación. Fuente: ÁMBITO JURÍDICO https://www.ambitojuridico.com/noticias/tributario/tributario-y-contable/estos-son-los-impuestos-y-beneficios-tributarios











Comentarios