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Herederos pueden iniciar proceso de sucesión cuando no logren acuerdo sobre bienes

Si los herederos no concilian, la ley permite iniciar un proceso de sucesión ante el juzgado competente.

Cuando los herederos no logran un acuerdo sobre la distribución de los bienes de una persona fallecida la ley colombiana permite iniciar un proceso de sucesión judicial. Este trÔmite se presenta ante el juzgado del último domicilio del causante o del lugar donde tenía sus principales negocios, con el fin de que un juez determine la forma de dividir el patrimonio entre los beneficiarios legales.

La competencia del juzgado depende del valor total de los bienes en disputa. Si estos superan los 150 salarios mínimos legales mensuales vigentes, el caso debe ser conocido por un juzgado de familia. Cuando no exceden esa cifra, corresponde a un juzgado civil municipal y si el patrimonio es menor a 40 salarios mínimos se puede acudir al juzgado de pequeñas causas. En las sucesiones de menor cuantía, los interesados pueden presentar la demanda sin necesidad de abogado, lo que facilita el acceso a la justicia. Sin embargo, en procesos de mayor valor es obligatorio contar con representación legal para garantizar el cumplimiento de los requisitos formales y la adecuada defensa de los derechos de cada heredero.

Este procedimiento busca resolver de manera imparcial los conflictos entre herederos, asegurando que la división de los bienes se realice conforme a la normativa vigente. La intervención de un juez permite dar validez jurĆ­dica a las decisiones, proteger los derechos de todos los involucrados y evitar disputas prolongadas que afecten la administración del patrimonio. Fuente: ƁMBITO JURƍDICO https://www.ambitojuridico.com/noticias/civilfamilia/herederos-pueden-iniciar-proceso-de-sucesion-cuando-no-logren-acuerdo-sobre

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