Los cambios que la resolución 3461 de 2025 del Ministerio de Trabajo introdujo en los comités de convivencia y denuncias de acoso laboral y sexual
- Suárez Consultoría
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La norma introdujo cambios en la conformación y funciones de los comités de convivencia laboral.

La Resolución 3461 del Ministerio del Trabajo modificó el marco normativo de los comités de convivencia laboral en Colombia y dejó sin efecto las Resoluciones 652 y 1356 de 2012. Sus nuevas disposiciones ya están vigentes, pero la reciente admisión de una demanda de nulidad por parte del Consejo de Estado abrió un debate jurídico que podría impactar la aplicación práctica de la norma en las compañías.
La Resolución estableció que la integración de los comités depende del número de trabajadores vinculados a cada empresa. En organizaciones con menos de cinco empleados, el comité deberá contar con un representante del empleador y uno de los trabajadores. En aquellas con entre cinco y veinte trabajadores, se mantiene la misma composición, pero deben designarse suplentes.
Cuando el número supera los veinte trabajadores, el comité debe incluir dos representantes del empleador y dos de los trabajadores, también con suplentes.
Además, la norma introdujo la obligación de crear comités adicionales cuando existan varios centros de trabajo. El Ministerio del Trabajo indicó que la definición de centro de trabajo corresponde a la del Decreto 1072 de 2015.
Con base en esta referencia, las empresas deben conformar un comité central y los comités adicionales necesarios para asegurar que todos los trabajadores dispongan de instancias accesibles y oportunas para la gestión de quejas.
La Resolución dispuso que las reuniones ordinarias del comité se realicen cada mes, mientras que las reuniones extraordinarias deben convocarse cada vez que se presente una queja por acoso laboral.
En casos de trabajadores en misión, el Ministerio determinó que las quejas por acoso laboral deben tramitarse inicialmente ante el comité de la empresa usuaria.
Este comité debe activarse con la participación de al menos un representante del comité de la empresa de servicios temporales, garantizando la coordinación entre las partes y el respeto por la confidencialidad, el debido proceso y la protección de la persona que presenta la queja. La norma aclara que esta articulación no traslada responsabilidades entre las compañías involucradas.
El Ministerio también estableció que los comités no pueden intervenir en quejas relacionadas con acoso sexual o violencia de género. Para estas situaciones, los empleadores deben implementar un procedimiento interno independiente, orientado a la recepción, atención, prevención y protección de las víctimas.
El 14 de octubre, el Consejo de Estado admitió una demanda de nulidad contra la Resolución 3461. El demandante señaló que el Ministerio del Trabajo habría excedido su potestad reglamentaria y vulnerado normas de jerarquía superior. Aunque el proceso apenas inicia, la alta corte podría decidir la nulidad total o parcial de la Resolución, lo que generaría cambios significativos en la regulación vigente.
Desde el 1 de septiembre, las disposiciones de la Resolución 3461 están en aplicación y las empresas deben ajustar sus políticas, conformar los comités según su estructura y diferenciar los procedimientos para atender las quejas por acoso laboral y sexual.
No obstante, el curso de la demanda de nulidad podría modificar o anular estos lineamientos. Mientras se conoce la decisión del Consejo de Estado, los empleadores deben cumplir la norma vigente y mantenerse atentos a eventuales cambios derivados del pronunciamiento judicial. Fuente: EL TIEMPO https://www.eltiempo.com/economia/empresas/los-cambios-que-la-resolucion-3461-de-2025-del-ministerio-de-trabajo-introdujo-en-los-comites-de-convivencia-y-denuncias-de-acoso-laboral-y-sexual-3512329







