Para efectos de IVA descontable, contribuyente debe demostrar relación directa con operaciones gravadas
- Suárez Consultoría

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Confirman aplicación de regla de proporcionalidad cuando los bienes y servicios se usan en distintas operaciones fiscales.

El Consejo de Estado precisó que corresponde al contribuyente acreditar el cumplimiento de los requisitos legales para el reconocimiento del IVA descontable, en particular la relación directa entre el impuesto pagado y las operaciones gravadas que generan el derecho a descontarlo. Según el demandante, los impuestos descontables provenían de costos y gastos de actividades gravadas.
No obstante, el alto tribunal señaló que la sociedad no demostró que el IVA rechazado estuviera asociado exclusivamente a la actividad hotelera gravada con ese impuesto y no a la actividad de restaurante, la cual tenía un tratamiento tributario diferente. Por lo tanto, avaló la decisión de la Dian de desconocer los descuentos solicitados respecto de esos gastos.
Además, confirmó la aplicación de la regla de proporcionalidad prevista en la legislación tributaria para los casos en que bienes y servicios son utilizados indistintamente en operaciones sometidas a distintos regímenes fiscales. La contribuyente no identificó de manera adecuada la porción del impuesto atribuible a las operaciones que daban derecho al descuento.
El rechazo de los impuestos descontables se sustentó en falta de acreditación de presupuestos legales y no en diferencia razonable de interpretación jurídica. La Sala reiteró que quien solicita impuestos descontables debe demostrar su origen, destinación y relación con operaciones que otorguen el derecho al beneficio tributario (M. P. Myriam Stella Gutiérrez Argüello).
Fuente: ÁMBITO JURÍDICO
https://www.ambitojuridico.com/noticias/tributario/para-efectos-de-iva-descontable-contribuyente-debe-demostrar-relacion-directa




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