Empresas con más de 100 trabajadores deberán cumplir nueva cuota desde junio
- Suárez Consultoría

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Esta norma busca garantizar la inclusión laboral de personas en condición de discapacidad y será obligatoria.

Esta norma busca fortalecer la inclusión de personas con discapacidad en el mercado laboral. Foto: Imagen generada con inteligencia artificial.
A partir del próximo 25 de junio, las empresas con 100 o más trabajadores deberán cumplir una nueva obligación laboral y es contratar personas con discapacidad en una proporción determinada por el tamaño de su planta de personal. La medida, establecida en la Ley 2466 de 2025, entrará en vigor en medio de una realidad preocupante en la que apenas el 19,6% de las personas con discapacidad tiene empleo en Colombia, frente al 60,6% de la población sin esta condición.
La advertencia fue realizada por el Consejo Colombiano de Seguridad (CCS), que considera que la entrada en vigencia de esta disposición representa uno de los cambios más relevantes para la gestión del talento humano en los últimos años y exigirá una rápida adaptación por parte de las organizaciones.
Cómo funcionará la nueva cuota de contratación
La norma establece que las compañías deberán vincular dos personas con discapacidad por cada 100 trabajadores dentro de los primeros 500 empleados. A partir del trabajador número 501, deberán incorporar una persona adicional por cada 100 colaboradores.
En la práctica, esto significa que una empresa con 650 trabajadores tendrá que contar con 11 personas con discapacidad dentro de su nómina.
La disposición busca ampliar las oportunidades laborales de una población que históricamente ha enfrentado dificultades para acceder al empleo formal. Según la Encuesta Nacional de Calidad de Vida 2025 del Dane, la diferencia entre la tasa de ocupación de las personas con discapacidad y la del resto de la población supera los 40 puntos porcentuales.
El riesgo de incumplir por una interpretación equivocada
Uno de los puntos que más preocupa al CCS es la posibilidad de que algunas empresas interpreten de forma incorrecta quiénes pueden contabilizarse dentro de la cuota exigida y por eso advierten que es frecuente confundir discapacidad con enfermedad laboral o con pérdida de capacidad laboral. Sin embargo, estos conceptos no son equivalentes para efectos del cumplimiento de la norma.
De acuerdo con el análisis jurídico citado por el CCS, tener trabajadores con enfermedades de origen común o laboral, o incluso empleados con pérdida de capacidad laboral superior al 50%, no significa automáticamente que puedan ser contabilizados dentro de la cuota. Para estos efectos, la condición determinante es contar con el certificado de discapacidad correspondiente.
El desafío va más allá de contratar
Aunque la atención inicial se concentra en el cumplimiento de la cuota, el Consejo Colombiano de Seguridad sostiene que el principal reto será construir ambientes laborales realmente inclusivos. La organización recomienda revisar procesos de selección, vinculación, inducción y seguimiento al desempeño para garantizar que las personas contratadas cuenten con las condiciones necesarias para desarrollar su trabajo.
También recuerda que no todas las discapacidades son iguales. En Colombia se reconocen siete categorías: auditiva, visual, sordoceguera, intelectual, psicosocial, física y múltiple. Esto implica que los apoyos y adaptaciones requeridos pueden variar significativamente entre una persona y otra.
“Es imprescindible eliminar barreras de tipo actitudinal, social y cultural. Se requiere entender que no todas las discapacidades son iguales y que esta condición se experimenta de diferente forma en cada persona”, señaló Adriana Solano Luque, presidenta ejecutiva del CCS.
La inclusión laboral sigue siendo una deuda pendiente
Las cifras muestran que el acceso al empleo formal continúa siendo una de las principales barreras para esta población. Más de la mitad de las personas con discapacidad que participan en el mercado laboral trabajan por cuenta propia. El 57,6% se encuentra en esta modalidad, mientras que el 29% se desempeña como empleado particular y apenas el 2,8% trabaja como empleado del gobierno.
Para el CCS, estos datos reflejan una alta concentración en actividades independientes que, en muchos casos, están asociadas a condiciones de informalidad y menor estabilidad laboral y por eso consideran que la nueva obligación puede convertirse en una oportunidad para avanzar en inclusión, siempre que las empresas no la asuman únicamente como un requisito legal.
“La verdadera discusión no es únicamente cuántas personas deberán contratar las empresas para cumplir la ley, sino cómo construir entornos laborales capaces de aprovechar el talento, la experiencia y las capacidades diversas”, concluyó Solano Luque.
Con la entrada en vigor de la medida a finales de junio, miles de empresas deberán revisar sus procesos de contratación y preparación interna. El cumplimiento de la cuota será el primer paso; el desafío de fondo será lograr que esas nuevas oportunidades laborales se traduzcan en empleos sostenibles, inclusivos y con posibilidades reales de desarrollo profesional.
DANIEL HERNÁNDEZ NARANJO
Editor Digital de Portafolio Fuente: PORTAFOLIO https://www.portafolio.co/economia/empleo/empresas-con-mas-de-100-trabajadores-deberan-cumplir-nueva-cuota-desde-junio-496134




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