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¿Las deudas mueren con el deudor? Esto dice la ley al respecto

Las personas pueden renunciar a los pasivos, pero también deben renunciar a la herencia.

Las deudas no se pierden tras el fallecimiento del ser querido. Foto: iStock Perder un ser querido no solo es un momento difícil por el que debe pasar una persona, sino que también implica atender varias cuestiones post mortem, como el testamento, la distribución de la herencia e incluso las deudas que deja el difunto. Una de las preguntas más frecuentes que se suelen hacer las personas es si los pasivos que tiene su ser querido mueren con él. Aunque muchos pensarían que sí, lo cierto es que en Colombia las deudas no se pierden tras el fallecimiento, pues debido a que también hacen parte del patrimonio.

Por lo tanto, los herederos deberán hacerse cargo de las deudas, tal como explica el Ministerio de Justicia y del Derecho, ya que estas se distribuyen de manera proporcional a la asignación de bienes. Por ejemplo, si hay dos beneficiarios, cada uno asumirá el 50 por ciento de los bienes y el 50 por ciento de las deudas. El profesor de la Facultad de Derecho y Ciencias Políticas de la Universidad de La Sabana, José Manuel Guanipa, explicó que, cuando se procede con una sucesión, se adquiere la totalidad del patrimonio, tanto activos como pasivos.

Lo que quiere decir que la persona, al aceptar la herencia, también se está haciendo cargo de las deudas del fallecido. Sin embargo, si la persona no quiere comprometerse con estos pasivos, puede renunciar.

“La ley les permite a los beneficiarios de la sucesión repudiar o no aceptar la herencia, pero no podrían aceptar una parte o cuota de esta, repudiando el resto”, dice Germán Montoya, director económico de la Asociación Bancaria y de Entidades Financieras de Colombia (Asobancaria). Por otro lado, Guanipa afirmó que, si las personas no quieren renunciar a los pasivos, tampoco deben renunciar a los activos, ya que la herencia se considera un todo.

“Si se quiere renunciar a los pasivos, se debe renunciar también a los activos. De hecho, se renuncia o acepta la herencia como un todo. La herencia es una sola cosa y así se mantiene mientras no se haga la repartición. Pero no se puede renunciar o aceptar parcialmente”, dijo. De igual manera, los herederos pueden aceptar la herencia con ‘beneficio de inventario’, es decir, que son responsables de las obligaciones del causante únicamente hasta el valor de los bienes que han heredado. Por otro lado, el artículo 1304 del Código Civil establece que las deudas propias del heredero tienen prioridad sobre cualquier otra obligación. Esto significa que, al aceptar el patrimonio, los pasivos del fallecido se pagan con los bienes que dejó y no con los del beneficiario. Fuente: EL TIEMPO https://www.eltiempo.com/economia/finanzas-personales/las-deudas-mueren-con-el-deudor-esto-dice-la-ley-al-respecto-3529750

1 comentario


Viktor Nesteroid
Viktor Nesteroid
hace 6 horas

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