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¿Le deben dinero y no sabe cómo probarlo? Esto dice la Ley colombiana

Con este trámite se probará la existencia de una deuda en caso de que no haya documentación firmada. ¿Cuál es el proceso que debe seguir?

¿Cómo comprobar la existencia de una deuda? Foto: iStock Si una persona le debe dinero y no sabe de qué manera probarlo, existe una reglamentación en Colombia para que pueda reclamar lo que le corresponde ante un deudor que no ha cumplido sus obligaciones. ¿Qué debe hacer? Esto dice la ley nacional. A través del proceso declarativo un individuo puede probar la existencia de una deuda cuando no existe un documento formal que pueda acreditarlo de acuerdo a lo que informó el Ministerio de Justicia a través de su sitio web.


Según la cartera previamente mencionada para este trámite no será necesaria la intervención de un abogado y tampoco deberá pagar dinero por el mismo.


Para resolver esta situación será necesario que concurra al Juzgado civil municipal, Juzgado civil del circuito o en Centro de conciliación, organismos que le darán solución a este asunto.​ ¿Cómo se inicia un proceso declarativo?

De acuerdo al ente gubernamental anteriormente citado debe realizar un procedimiento para que las autoridades puedan intervenir: 1- Lo primero que debe hacer es presentar una demanda directamente ante el juez civil del domicilio del deudor. Tendrá que suministrar los nombres de ambas partes, la solicitud de reconocimiento de la deuda y las pruebas que tenga para comprobar su existencia. 2- En caso de que la solicitud cumpla con los requisitos, el juez civil realizará una comunicación con el propósito de que en los siguientes 10 días el deudor se manifieste al respecto. Dependiendo de su respuesta, el juez continuará o finalizará dicho proceso.



“Si la persona requerida para el pago de la deuda no se pronuncia, el juez procederá a analizar las pruebas presentadas y decidirá si declara la existencia de la obligación o no”, remarcó el Ministerio de Justicia.



3- Si el proceso continúa el juez citará a una audiencia en donde se analizarán detenidamente todas las pruebas y también se escucharán a las partes para confirmar la existencia o no de la obligación. Con todo esto definido se dará sentencia por medio de la cual se puede comenzar con un proceso ejecutivo.

Fuente: PORTAFOLIO



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