Tenga cuidado: abogados advierten que declarar insolvencia no lo exime de deudas y pagos
- Suárez Consultoría
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Aseguran que la insolvencia no es una fórmula para evadir pagos ni congelar procesos.

El régimen de insolvencia aplica a personas naturales no comerciales y a pequeños comerciantes con activos inferiores a 1.000 salarios mínimos. Foto: iStock
La ley 2445 de 2025 permite que personas naturales se declaren en insolvencia y tengan una segunda oportunidad para cumplir con sus obligaciones económicas. Sin embargo, abogados aseguran que muchas personas estarían acogiéndose a esta ley para evadir sus responsabilidades.
Los expertos advierten que refugiarse en estos mecanismos, como la Ley 1116 de 2006 para empresas y la Ley 2445 de 2025 para personas naturales no comerciantes, no significa evadir las obligaciones financieras, y hacerlo con esa intención puede tener graves consecuencias.
La legislación contempla beneficios reales como la suspensión de procesos judiciales, reestructuración de créditos y la posibilidad de extinguir saldos impagados en procesos de liquidación. Pero el objetivo final debe ser la reestructuración de la deuda.
Abogados y bancos han reiterado que las personas no deben dejarse llevar por los asesores que venden la insolvencia como una fórmula para congelar procesos o evitar pagos.
Es importante recordar que este régimen aplica a personas naturales no comerciales y a pequeños comerciantes con activos inferiores a 1.000 salarios mínimos legales mensuales vigentes, excluyendo la vivienda familiar y el vehículo de trabajo.
La ley de Insolvencia fue pensada para que las personas tengan tres maneras de recuperar su vida crediticia.
La primera busca la negociación de las deudas con los acreedores. Establecer nuevas condiciones de pago y plazos para los saldos en mora.
La segunda se centra en la convalidación de acuerdos privados y la tercera es la liquidación patrimonial. Esta última se realiza solo si el deudor no puede pagar y debe proceder a vender sus bienes embargables.
Silvia Contreras Rodelo
Redacción Alcance Digital
Fuente: EL TIEMPO
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