Vencimientos tributarios: impuestos que debe pagar en marzo y en el primer semestre
- Suárez Consultoría
- 4 mar
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Conozca cómo quedó establecido el calendario tributario y cuáles son las obligaciones que tendrá que asumir antes de junio.

Impuestos Foto: IStock
Comenzó el mes de marzo y con él finaliza el primer trimestre del año, periodo en el cual los contribuyentes con residencia fiscal en Colombia deberán asumir el pago de una serie de impuestos de orden nacional y local, fijados en el calendario tributario de 2025.
Tenga en cuenta que el cronograma de impuestos, administrados por la Dian, quedó establecido en el Decreto 2229 de 2023, en el cual se definieron los plazos para declarar y pagar estos tributos.
Según el calendario, entre el 11 y el 25 de marzo, las empresas están obligadas a pagar el impuesto sobre las ventas (IVA) bimestral, la retención en la fuente y el impuesto nacional de consumo, atendiendo el último dígito del NIT. Por su parte, hasta el 14 de marzo, independientemente del número del NIT, se deberá pagar y declarar la presencia económica significativa (PES), impuesto a la gasolina y Acpm, el impuesto al carbono, el IVA de prestadores de servicios desde el exterior y el impuesto de bebidas azucaradas y alimentos ultraprocesados.
Impuestos en Bogotá
Por su parte, la Secretaría de Hacienda de Bogotá definió que hasta el 25 de abril de 2025 habrá plazo para pagar con el descuento del 10 % por pronto pago el Impuesto Predial.
Sin este beneficio, la fecha límite será el 11 de julio de 2025. Así mismo, las personas obligadas a pagar el Impuesto de Vehículos en Bogotá pueden cancelar su impuesto con el 10 % de descuento por pronto pago hasta el 16 de mayo de 2025.
Impuesto de Industria y Comercio Avisos y Tableros (ICA)
Para los contribuyentes del régimen común, cuyo impuesto a cargo supere en la sumatoria anual de 2024 los $ 18.402.415 (391 Unidades de Valor Tributario, UVT), deberán realizar los siguientes pagos bimestrales.
Fechas por bimestre: -Bimestre 1: 4 de abril de 2025-Bimestre 2: 13 de junio de 2025
En el caso de los Agentes de Retención del impuesto de ICA (ReteICA), deberán tener en cuenta los siguientes plazos para los periodos respectivos:Fechas por bimestre:-Bimestre 1: 21 de marzo de 2025-Bimestre 2: 23 de mayo de 2025
Los contribuyentes del impuesto de Industria y Comercio que pertenecen al régimen común, cuyo impuesto a cargo en 2024 no exceda los $18.402.415 (391 Unidades de Valor Tributario, UVT), deberán presentar su declaración y realizar el pago correspondiente a más tardar el 27 de febrero de 2026. Esta misma fecha aplica para los contribuyentes del régimen preferencial.
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