El Ministerio de Hacienda expidió el Decreto 128, que reglamenta y ajusta el costo fiscal de activos fijos por el año gravable 2023.
Según el documento, los contribuyentes podrán ajustar el costo de los activos fijos por el año gravable 2023 en 12,40 %, de acuerdo con lo previsto en el artículo 70 del Estatuto Tributario.
Respecto al costo fiscal para determinar la renta o ganancia ocasional proveniente de la enajenación de bienes raíces y de acciones o aportes que tengan el carácter de activos fijos, las personas naturales podrán tomar como costo fiscal los valores que indica el decreto y que puede consultar en el archivo adjunto.
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