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Plazos exógena cambiaria del 2023–2025 y primer trimestre del 2026

Se recuerdan las fechas fijadas por la Dian en 2026 para la presentación de este reporte por los intermediarios del mercado de valores, titulares de cuentas de compensación y concesionarios de servicios de correos.

La Dian fijó fechas únicas en 2026 para reportar información exógena cambiaria del periodo 2023 al 2025. Este calendario aplica a titulares de cuentas de compensación y concesionarios postales con servicios financieros que presenten la exógena cambiaria de periodos acumulados entre 2023 y 2026.

La entidad estableció un esquema excepcional de reporte para la información exógena cambiaria. Los intermediarios del mercado de valores (IMC), titulares de cuentas de compensación y concesionarios de servicios de correos deberán presentar, a más tardar el sábado 31 de enero del 2026, la información correspondiente al periodo 30 de octubre al 31 de diciembre de 2023 y a los 4 trimestres del 2024 (enero–marzo, abril–junio, julio–septiembre y octubre–diciembre), sin atender los vencimientos trimestrales señalados en la Resolución Dian 230/25. Adicionalmente, los obligados mencionados, para los cuatro trimestres del año 2025 y primer trimestre (enero a marzo) del 2026 podrán hacerlo a más tardar el último día calendario del mes de abril de 2026, es decir el jueves 30 de abril.

A partir del segundo trimestre de 2026 (abril–junio), tanto los IMC como los titulares de cuentas de compensación y los concesionarios postales volverán a reportar la exógena cambiaria conforme al calendario trimestral previsto en el artículo 2.2.1. de la Resolución DIAN 204/25.   Fuente: ÁMBITO JURÍDICO https://www.ambitojuridico.com/noticias/tributario/tributario-y-contable/plazos-exogena-cambiaria-del-2023-2025-y-primer-trimestre

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