Separación de sociedad conyugal: qué bienes siguen siendo privados y cuánto tiempo hay para liquidar el patrimonio
- Suárez Consultoría

- hace 3 días
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La ley permite pedir ajustes al plazo de pago si existe causa justificada ante el juez competente.

La disolución judicial del vínculo activa de inmediato la terminación de la sociedad conyugal. Foto: iStock
La terminación de un matrimonio o de una unión marital de hecho mediante decisión judicial produce efectos jurídicos que van más allá del fin de la relación personal.
Con la sentencia se entiende disuelta la sociedad conyugal o patrimonial, salvo que las partes hubieran firmado capitulaciones. A partir de ese momento comienza la fase económica, en la que se determina qué bienes integran el patrimonio común y cuáles permanecen bajo dominio exclusivo de cada excónyuge o compañero permanente.
En este proceso, cualquiera de las partes puede presentar la demanda para iniciar la liquidación. La solicitud debe describir los bienes involucrados y su valor estimado, con el fin de elaborar un inventario que permita continuar con la partición. Bienes que conservan carácter propio
El ordenamiento colombiano establece que, por regla general, todo lo adquirido mediante compra o trabajo durante la vigencia de la relación ingresa al haber social. No obstante, la ley mantiene ciertas categorías patrimoniales que no se integran a los gananciales y continúan bajo titularidad individual. Entre ellas se encuentran:
Adquisiciones gratuitas: bienes recibidos por donación, herencia o legado. Estos ingresan únicamente al patrimonio del beneficiario. Incluso si la liberalidad se otorga teniendo en cuenta al otro cónyuge, el derecho permanece en cabeza de quien lo recibe.
Bienes adquiridos con fondos propios: activos comprados con recursos que ya pertenecían a uno de los cónyuges y que, en las capitulaciones, se habían destinado a ese uso.
Subrogación de inmuebles: cuando un inmueble sustituye a otro que ya era de propiedad exclusiva de uno de los integrantes de la pareja.
Aumentos materiales: edificaciones, siembras u otros incrementos naturales que se añaden a un bien que ya era propio.
Bienes con título anterior: adquisiciones efectuadas durante la sociedad, pero cuyo origen jurídico antecede a la vida en común. Plazo para concluir la liquidación patrimonial
Completados el inventario y el avalúo, comienza a correr el término para la entrega y pago de los bienes.
Aunque cada cónyuge puede reclamar de inmediato los activos que le correspondan de manera directa, el resto de las obligaciones derivadas de la partición debe cumplirse dentro de un máximo de un año contado desde la finalización de dicho inventario y avalúo.
El juez puede modificar dicho plazo, al ampliarlo o reducirlo, si las partes lo solicitan y existe causa suficiente para justificar la variación.
*Este contenido fue escrito con la asistencia de una inteligencia artificial, basado en información de conocimiento público divulgado a medios de comunicación. Además, contó con la revisión de la periodista y un editor. Fuente: EL TIEMPO https://www.eltiempo.com/economia/finanzas-personales/separacion-de-sociedad-conyugal-que-bienes-siguen-siendo-privados-y-cuanto-tiempo-hay-para-liquidar-el-patrimonio-3511911











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