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Estas son las cuatro capacitaciones y cursos que las empresas deben impartir en 2025 segĂșn nueva resoluciĂłn laboral

Las ARL deberĂĄn brindar asesorĂ­a y promover la salud mental de los trabajadores.

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Los trabajadores podrĂĄn tener un dĂ­a libre Foto: iStock La resoluciĂłn 3461 de 2025, expedida el pasado 1 de septiembre por el Ministerio de Trabajo, estableciĂł unas nuevas normas para las entidades pĂșblicas y privadas. Su objetivo es reducir, atender y prevenir el acoso laboral dentro de las empresas. La nueva normativa derogĂł las Resoluciones 652 y 1356 de 2012 Lo primero es que todas las compañías deben crear un ComitĂ© de Convivencia Laboral. Las personas que participen en este no pueden tener denuncias de acoso y permanecerĂĄn en el puesto por dos años.

En las entidades con menos de cinco trabajadores, el comité estarå conformado por un representante de los empleados y uno del empleador. Las empresas que tengan mås de 20, lo armarån con cuatro integrantes: dos representantes de los trabajadores y dos del empleador.

Para elegir a los miembros, se realizarĂĄ una votaciĂłn secreta y los votos serĂĄn contados pĂșblicamente para asegurar que el proceso sea vĂĄlido y democrĂĄtico.   “El empleador designarĂĄ directamente a sus representantes, y las y los trabajadores elegirĂĄn los suyos a travĂ©s de votaciĂłn secreta que represente la expresiĂłn libre, espontĂĄnea y autĂ©ntica de todas las y los trabajadores, mediante escrutinio pĂșblico, cuyo procedimiento deberĂĄ ser adoptado por cada empresa o entidad pĂșblica, e incluirse en la respectiva convocatoria de la elecciĂłn”, expresa la resoluciĂłn.

El comité deberå crear un reglamento propio donde explique cómo evaluarå los casos de acoso dentro de la empresa. También definirå los mecanismos y protocolos específicos para asegurar el manejo reservado de la información sensible. Otras normativas

Ademås de la formación del comité, las empresas deben capacitar a sus empleados en no discriminación por temas de credo, origen, raza u otra condición.

TambiĂ©n se debe realizar una capacitaciĂłn de desarrollo de habilidades sociales. Esto incluye concertaciĂłn, negociaciĂłn y competencias blandas, dirigida a directivos, mandos medios y al ComitĂ© de Convivencia Laboral. La tercera es de primeros auxilios psicolĂłgicos en casos de crisis. La Brigada de Emergencias, el COMPAS, los lĂ­deres de seguridad y salud en el trabajo y el ComitĂ© de Convivencia Laboral deben encargarse de esta normativa. Por Ășltimo, las entidades deberĂĄn velar por el desarrollo y fortalecimiento de competencias comportamentales y actitudinales en sus empleados. En este apartado se incluyen el respeto, la imparcialidad, la tolerancia, la serenidad, la confidencialidad y reserva en el manejo de la informaciĂłn, la Ă©tica y habilidades de comunicaciĂłn asertiva, liderazgo y resoluciĂłn de conflictos.


Por su parte, los empleadores deben adoptar políticas contra el acoso laboral, capacitar a sus equipos en resolución de conflictos, comunicación y derechos laborales, establecer canales de denuncia y atención psicológica y garantizar los recursos físicos, técnicos y de tiempo laboral para el funcionamiento del comité.

Las ARL tendrån la obligación de brindar asesoría técnica y promover la salud mental en los lugares de trabajo, prevenir el acoso laboral con un enfoque de género, ofrecer apoyo emocional no presencial a través de canales como teléfono, WhatsApp o redes sociales y reportar mensualmente sus acciones al Ministerio del Trabajo.

La resoluciĂłn advierte que las empresas que incumplan la resoluciĂłn, se verĂĄn expuestas a ser sancionadas conforme al Decreto 1295 de 1994, la Ley 1562 de 2012 y el Decreto 1072 de 2015.

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